El TSJ de Extremadura confirma la anulación de la contrata del agua en Cáceres y hay que volver a la Mesa de Contratación

El lío de la puntuación en los concursos de adjudicaciones

¿Sabemos los españoles quién y cómo puntúan los concursos a la hora de adjudicar una obra o servicio público? ¿Qué datos aporta una valoración técnica? ¿Y la valoración económica? ¿Sabes lo que es una oferta temeraria?

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Redacción/Agencias (EP).- ¿Sabemos los españoles quién y cómo puntúan los concursos a la hora de  adjudicar una obra o servicio público? ¿Qué datos aporta una valoración técnica? ¿Y la valoración económica? ¿Sabes lo que es una oferta temeraria? Lo llevamos escuchando varias semanas desde que estallara el conflicto en las obras del Canal de Panamá. Al final, la empresa de turno, para hacerse con el jugoso contrato, puso encima de la mesa una oferta económica tan raquítica que algunos expertos ya avisaron que con eso no se pagaba ni el hormigón. El resultado lo vemos casi todos los días en las noticias. Pero, ¿qué pasa si el asunto no se soluciona con reuniones y negociaciones arbitradas? Pues que acaba todo en un juzgado. Lo explicamos.

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha desestimado el recurso de apelación que el Ayuntamiento de Cáceres y la empresa Acciona habían interpuesto frente a otra sentencia que anulaba el concurso de adjudicación del Servicio Integral del Agua en la capital cacereña y obligaba a retrotraer el proceso a la Mesa de Contratación en la que se abrieron las propuestas económicas de las empresas que concurrieron a la adjudicación. Es decir, hay que volver a licitar.

Cabe recordar que la primera sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Cáceres, dictada en mayo del año pasado, anulaba la adjudicación del contrato del Servicio Integral del Agua en la ciudad y ordenaba "retrotraer" todo el expediente al momento en el que fue aprobada la puntuación de las ofertas por la Mesa de Contratación del Ayuntamiento de Cáceres de las distintas empresas que se presentaron al concurso.

Esa puntuación fue recortada para todas las empresas que participaron en el concurso (Canal de Isabel II, Aguas de Cáceres y Aqualia) a excepción de Acciona, ya que faltaba especificar los costes económicos de las propuestas técnicas que proponían para llevar la gestión del servicio.

De esta manera, sumando las valoraciones técnicas a las económicas, Acciona consiguió 80,89 puntos; Canal de Isabel II, 72,02; Aqualia 65,09, y Aguas de Cáceres, 63,80 puntos por lo que el servicio se le adjudicó a la empresa que más puntuación obtuvo, es decir, a Acciona.

Así, el Alto Tribunal extremeño confirma la anterior sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n°l de Cáceres dando la razón a las tres empresas apelantes que se quedaron fuera del concurso, Canal de Isabel II, Aqualia y Aguas de Cáceres, por lo que el proceso debe volver al momento de la Mesa de Contratación que se celebró el 20 de diciembre de 2010. Acciona tendrá que pagar las costas del proceso.